SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0010/2004
Fecha: 31-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
De acuerdo con lo dispuesto por el art. 54 LTC, "el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad procederá contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial, contraria a la Constitución Política del Estado como acción no vinculada a un caso concreto", es decir, que este recurso es una acción de puro derecho en la que el Tribunal Juzgador debe confrontar el texto de la norma impugnada con el de la Constitución, para determinar si hay contradicción en sus términos, con el objeto de realizar el control correctivo de la norma y así depurar el ordenamiento jurídico del Estado. Consecuentemente corresponde analizar si la segunda parte del art. 54 de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990 (Ley SAFCO), es contraria a los arts. 2, 116.III), 54, 55 y 228 CPE, para lo cual cabe mencionar disposiciones legales inherentes al caso.