SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0010/2004
Fecha: 31-Jul-2004
III.4
III.4 La Ley 1455 de 18 de febrero de 1993, no deroga en forma expresa los arts. 3ª, inc.b) del 4º y art. 5º de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la Republica, sin embargo el art. 300 de la citada Ley (LOJ) parágrafo segundo…..señala: “…quedan asimismo abrogadas y derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente ley…”, precepto que claramente nos lleva a la conclusión de que en forma tácita los tres artículos han sido derogados, aspecto que se encuentra expresamente señalado en el titulo VI capitulo IX de la Ley de Organización Judicial, que crea la jurisdicción administrativa.
El art. 52 de la Ley 1178, eleva a rango de Ley el DL 14933 de 29 de septiembre de 1977. El Procedimiento Coactivo Fiscal en su art. 1° establece el ámbito de aplicación de la competencia de la Contraloría, siendo el art. 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal el instrumento que permite la aplicación del Procedimiento Coactivo Fiscal, por lo que esta norma deberá quedar vigente hasta la dictación de un nuevo Procedimiento Coactivo Fiscal