SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1005/2004-R
Fecha: 01-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, solicitó tutela de sus derechos a la igualdad y a la seguridad jurídica consagrados en las normas previstas por los arts. 6 y 7 inc. a) de la CPE, denunciando que fueron lesionados por los recurridos, dado que dentro del proceso coactivo seguido a demanda del Banco de Crédito de Bolivia S.A., adjudicaron un inmueble de su propiedad, pese a que solicitó la nulidad del remate porque en las publicaciones de los avisos de remate no existió el intervalo de seis días entre cada publicación y se realizaron en dos diarios de circulación nacional cuya impresión no es del lugar del inmueble, situación que impidió la mayor difusión para la subasta y le provocó indefensión. En consecuencia, en revisión la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales referidos a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.