SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1040/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1040/2004-R

Fecha: 06-Jul-2004

II.5.

II.5.    De la certificación emitida por la Jefa de la Oficina de Recepción y Distribución de causas, de la Corte Superior de Tarija, se establece que: a)  en ese distrito el rol de turnos de los jueces cautelares es semanal y corren desde las 00:00 horas del día sábado hasta las 23:59 del viernes siguiente, turno en el que estos juzgados deben atender los requerimientos fiscales formulados fuera de horas de oficinas, feriados y domingos; b) los inicios de investigación que hubieran sido de conocimiento de los jueces cautelares de turno fuera de los horarios de oficina se harán conocer a la Corte Superior en horario de oficina para que se proceda al sorteo y registro de la causa; c) el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal estuvo de turno la semana comprendida entre el 8 de noviembre al 14 del mismo mes.