Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1057/2004-R
Fecha: 08-Jul-2004
II.2.
II.2. Mediante memorial de 23 de julio de 2003 (fs. 31) el recurrente impugnó el dictamen técnico pericial de documentología DIC. DOC.010 de Reg.Idif. O50/03 DIC/LAB.CRIM/DOC/010/03 (fs. 13) (que fue remitido al Tribunal Agrario Nacional el 20 de junio de 2003) solicitando que el informe pericial debía ser practicado por un funcionario superior en grado al que realizó el citado dictamen, tomando en cuenta la Sentencia del proceso de dotación de 5 de julio de 1973.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- luego de haber sido notificado con la Sentencia aludida, impugnó el examen técnico pericial el 23 de julio de 2003
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- Informe Pericial Documentológico REG.IDIF 0050/03 DIC/LAB.CRIM/DOC/010/03,
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- dictámenes de peritos
- III.3.
- III.4.