SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1069/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1069/2004-R

Fecha: 07-Jul-2004

II.3.

II.3. El recurrente por memorial de 9 de marzo del año en curso, solicitó  al Fiscal de Distrito dé por ratificada la Resolución impugnada y la conclusión del proceso al no haberse pronunciado dentro de los cinco días establecidos  por el art. 324 del CPP (fs. 48 y vta.), petitorio que fue reiterado en 22 de marzo de 2004 a la Jueza de Instrucción Segunda en lo Penal (fs. 50), autoridad que por decreto de 25 del mismo mes y año  dispuso se notifique al Fiscal de Distrito para que  se pronuncie sobre el requerimiento conclusivo impugnado (fs. 50 vta.).