SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1069/2004-R
Fecha: 07-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente sostiene que la autoridad demandada ha vulnerado sus derechos a la defensa y debido proceso, por cuanto en el proceso penal que le sigue Guadalupe Vidal de Escobar, realizada la imputación formal en su contra y otros por el delito de asesinato, la Fiscal Adjunta emitió el Requerimiento conclusivo de sobreseimiento en su favor que fue objetado por la querellante ante el Fiscal de Distrito, quien se pronunció fuera del plazo de los cinco días establecidos por el art. 324 del CPP, siendo su actuación nula de pleno derecho y en cuyo ínterin solicitó a dicha autoridad la conclusión del proceso como a la Jueza de Instrucción Segundo en lo Penal Cautelar, autoridad que posteriormente ante el pedido de extinción de la acción penal por falta de pronunciamiento del Fiscal, la rechazó disponiendo la prosecución del proceso sobre la base de la actuación de la querellante. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.