SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1081/2004-R
Fecha: 13-Jul-2004
II.3.
II.3. El 25 de octubre de 2003, El abogado asistente investigador emitió el Informe Previo 306/2003, sugiriendo la apertura de proceso disciplinario contra el recurrente por la posible comisión de la falta disciplinaria de incumplimiento a la prohibición señalada en el art. 82 inc. b) del Reglamento Específico de Administración de Personal; y el 31 de octubre de 2003, el recurrido Hugo Salces, Director Distrital del Consejo de la Judicatura de Santa Cruz, mediante Resolución 98/2003, dispuso la apertura de proceso disciplinario contra el recurrente, por la posible comisión de la falta descrita; designándose a él y a los co - recurridos como miembros del Tribunal Sumariante, que en la misma fecha dictó el Auto de Apertura de Proceso Disciplinario 98/2003, por la posible comisión de la falta señalada (fs. 64-69).