SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2004-R
Fecha: 16-Jul-2004
II.1.
II.1. Dentro de la investigación abierta seguida por el Ministerio Público contra el recurrente y otros por la supuesta comisión de delitos previstos en la Ley 1008, mediante Auto 78 de 12 de abril de 2004, el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, en suplencia del Juez recurrido, dispuso la detención preventiva del recurrente y otros (fs. 15-17); y por Auto 78 “A” de la misma fecha, dispuso entre otros la devolución de la suma de $US10.450.-, lo que motivó que el Ministerio Público apelara de esta decisión; a cuyo efecto el mismo Juez dictó Auto el 16 de abril, concediendo el recurso disponiendo que se debían “remitir fotocopias legalizadas de todo lo obrado”, en razón a que existían varios imputados que anunciaron la tramitación de la cesación de la detención preventiva (fs. 18-19, 20).