SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2004-R
Fecha: 16-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a sus derechos a la igualdad, a la libertad física, a la locomoción y al debido proceso, consagrados en los arts. 6, 7 inc. g) y 16 de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por el recurrido, dado que dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la supuesta comisión de delitos previstos en la Ley 1008, no obstante que ha solicitado la cesación de su detención preventiva el 30 de abril de 2004, fue proveída con fecha atrasada señalándose audiencia para el 26 de mayo de 2004, la misma que ha suspendido porque ha remitido el cuaderno de investigación a la Corte Superior del Distrito cuando debió remitir fotocopias legalizadas como se había dispuesto, de manera que su solicitud no será resuelta hasta que se devuelvan obrados, lo que le inviabiliza la obtención inmediata de su libertad. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.