SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1109/2004-R

Fecha: 16-Jul-2004

procedente

Concluida la audiencia, el Juez del recurso de acuerdo con el requerimiento fiscal declaró procedente el hábeas corpus disponiendo que el recurrido en un plazo prudente señale día y hora para considerar la solicitud de cesación del recurrente y se remita oficio a la Sala Penal de Turno, para que remita al juzgado de origen los actuados originales, con los fundamentos siguientes: a) al haber reasumido sus funciones el 4 de mayo de 2004, el recurrido tenía competencia para tramitar y sustanciar la causa, pues tenía la obligación de exigir la devolución del cuaderno en el día, bajo prevención de oficiar a la Corte Superior o al Consejo de la Judicatura; b) el recurrido tampoco dio cumplimiento al Auto de 16 de abril de 2004, es decir a la remisión de fotocopias legalizadas a la Corte Superior del Distrito; y c) la suspensión de la audiencia, no tiene justificativo razonable, pues el recurrido dejó de lado su función de contralor de garantías.