Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1110/2004-R
Fecha: 15-Jul-2004
III.6.
III.6. En aras de una convivencia pacífica y precautelando el Estado de Derecho, el Tribunal Constitucional exhorta a las autoridades municipales demandadas abstenerse a asumir acciones de hecho, y en cumplimiento al juramento que prestaron respecto a “Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes”, actúen en todo momento y circunstancia dentro del marco de la legalidad, y en su calidad de miembros de un ente fiscalizador, denuncien ante las instancias competentes cualquier irregularidad que detecten en el manejo de la administración municipal.