Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1114/2004-R
Fecha: 19-Jul-2004
II.5.
II.5. No habiéndose llegado a ninguna conciliación debido a la inasistencia del imputado a la audiencia (fs. 24), por Resolución de 24 de marzo de 2003 la recurrida dispuso la apertura de juicio penal (fs. 25), dictándose Sentencia de 21 de abril de 2003 declarando al recurrente autor del delito de giro de cheque en descubierto, imponiéndole una pena de dos años y seis meses de reclusión (fs. 26 a 28). Interpuesta apelación restringida en contra de la indicada sentencia, se declaró improcedente el recurso por Auto de Vista de 10 de julio de 2003 (fs. 29 a 30).