Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1128/2004-R
Fecha: 19-Jul-2004
II.2.
II.2. Mediante memorial de 2 de junio de 2003, la recurrente se apersonó y reasumió defensa, bajo el patrocinio de la defensora de oficio, Miriam Arias Sandoval, solicitando señalamiento de audiencia de prosecución de debates, lectura y requerimiento en conclusiones (fs. 10), apersonamiento que fue aceptado mediante decreto de la misma fecha (fs. 10 vta.), y de acuerdo a lo aseverado por la Jueza recurrida en su informe, se dejó sin efecto su rebeldía (fs. 32).