SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1150/2004-R
Fecha: 23-Jul-2004
III.2.
III.2. En la especie, la Prefectura del Departamento de Tarija, a través de la Sub Prefectura de la Provincia Cercado, convocó, por licitación pública, a las empresas constructoras legalmente establecidas a presentar propuestas para la “provisión e instalación de los equipos y materiales requeridos así como la ejecución de las obras civiles necesarias para la 'Construcción Electrificación Rural Cercado', es decir que el contratista debe entregar las obras totalmente concluidas y en perfectas condiciones de operación”, conforme lo establecen los numerales 1.1 y 1.2 de la Sección I del Pliego de Condiciones.
Consiguientemente, y de acuerdo a lo expresado en el propio Pliego de Condiciones, al tratarse de obras de infraestructura, con un precio referencial (numeral 4 del Pliego), de Bs2.229.542,38, son aplicables las normas dispuestas en el DS 26842, específicamente lo previsto en su Anexo, y supletoriamente el DS 25964.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- 2)
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- por la norma vigente al iniciar el proceso hasta su conclusión.
- Fragmento 14
- Electrificación Rural,
- Anexo del DS 26842
- numeral 5 del Anexo
- III.2.
- Empero,
- APRUEBA