SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1150/2004-R
Fecha: 23-Jul-2004
numeral 5 del Anexo
El numeral 5 del Anexo enumera los documentos que deben presentarse en los Sobres “A” y “B”. El numeral 8, por su parte, determina que el recurso de impugnación a la Resolución de Adjudicación puede ser interpuesto por cualquier de los proponentes ante la ARPC que hubiere dictado la resolución objetada, dentro del plazo de tres días hábiles computables a partir del acto de adjudicación. En el plazo máximo de un día hábil, el recurso de impugnación y todos sus antecedentes deberán ser elevados ante la MAE o la determinada en el Reglamento Específico de cada entidad pública, para su conocimiento y resolución. La MAE tiene el plazo de 3 días calendario para dictar Resolución, computable desde la fecha en que recibe los antecedentes. El parágrafo IV de este numeral categóricamente prevé: “No procederá la conformación de la Comisión de Asesoramiento Externo en contrataciones bajo el alcance del presente Decreto Supremo”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- 2)
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- por la norma vigente al iniciar el proceso hasta su conclusión.
- Fragmento 14
- Electrificación Rural,
- Anexo del DS 26842
- numeral 5 del Anexo
- III.2.
- Empero,
- APRUEBA