SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1150/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1150/2004-R

Fecha: 23-Jul-2004

numeral 5 del Anexo

El numeral 5 del Anexo enumera los documentos que deben presentarse en los Sobres “A” y “B”. El numeral 8, por su parte, determina que el recurso de impugnación a la Resolución de Adjudicación puede ser interpuesto por cualquier de los proponentes ante la ARPC que hubiere dictado la resolución objetada, dentro del plazo de tres días hábiles computables a partir del acto de adjudicación. En el plazo máximo de un día hábil, el recurso de impugnación y todos sus antecedentes deberán ser elevados ante la MAE o la determinada en el Reglamento Específico de cada entidad pública, para su conocimiento y resolución. La MAE tiene el plazo de 3 días calendario para dictar Resolución, computable desde la fecha en que recibe los antecedentes. El parágrafo IV de este numeral categóricamente prevé: No procederá la conformación de la Comisión de Asesoramiento Externo en contrataciones bajo el alcance del presente Decreto Supremo”.