Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1159/2004-R
Fecha: 23-Jul-2004
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El recurrente afirma que los recurridos han vulnerados sus derechos previstos en los arts. 5, 6, 7.d), 8.b) y 50.1ª de la CPE por cuanto le han negado su participación en el proceso para la elección de Consejeros de Administración y Vigilancia de la Cooperativa de la que es socio al haberse establecido en la convocatoria de que no podrán ser candidatos aquellos docentes que trabajan en las Universidades a tiempo completo como es su caso. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.