SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2004-R
Fecha: 27-Jul-2004
i)
Finalmente la fiscal Lilían Córdoba, en representación del Fiscal co-recurrido, Armando Vilar, informó alegando lo siguiente: i) la recurrente ha suplantado su verdadera identidad para querellarse contra la fiscal Cristina Mendoza de Romero, dándose el lujo de sorprender a los fiscales, pretendiendo ahora lo mismo con el objetivo de conseguir la anulación de todo el proceso investigativo que concluyó con el sobreseimiento de la imputada; ii) se confirmó el sobreseimiento porque la recurrente que se hacía identificar como Yolanda Betancour Espinoza, no estuvo detenida cuarenta y ocho horas bajo responsabilidad de la Fiscal sino sólo veintidos horas, pues fue puesta a disposición del Juez cautelar a hrs. 15:26 del 8 de octubre de 2002; iii) la SC 1395/2002-R, no traduce la verdad de los hechos y si bien declaró la procedencia, fue debido a que se retiró la prueba de descargo presentada, de manera que no se pudo verificar el hecho; iv) la recurrente señala que se ha vulnerado el debido proceso e inextenso sus garantías y derechos constitucionales y su derecho a acusar como también normas adjetivas y sustantivas, pero no dice cuáles ni de qué forma; v) el sobreseimiento ratificado tiene calidad de cosa juzgada y para dejarlo sin efecto debe justificar su petición; y vi) se quiere revisar y determinar sobre derechos de un tercero como es la fiscal sobreseída, quien en el presente recurso no tiene ni voz ni voto, no obstante que la resolución podría afectarle de manera directa.