SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1180/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
El recurrente en el escrito de 4 de junio de 2004 (fs. 41 a 44), manifiesta que el 1 de abril de 2004 solicitó al Juez recurrido el beneficio de pre-libertad bajo la modalidad de trabajo extramuro, al haber cumplido todos los requisitos establecidos por la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), presentando la Resolución 113/2003 de 24 de octubre de clasificación al tercer periodo, la certificación del Juzgado Cuarto de Instrucción de que no está procesado por otro delito y del REJAP donde se evidencia que el 16 de marzo de 2002 el Juez de la causa declaró extinguida la acción penal seguida en su contra.
Aduce que el 5 de mayo de 2004 solicitó audiencia para la resolución del incidente, que reiteró el 22 del mismo mes, señalándose para el 1 de junio, que se suspendió por ausencia del Fiscal y a su solicitud se señaló otra para el próximo 9 de junio, prolongándose con estos actos indebidamente su privación de libertad, sin que se resuelva el incidente oportunamente, vulnerándose el art. 170 de la LEPS.