Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1180/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
II.2
II.2 El 1 de abril de 2004, el recurrente solicitó el beneficio de pre libertad bajo la modalidad de extramuro, habiéndose providenciado que con carácter previo por Secretaría se informe si tiene cumplidos los requisitos (fs. 18 a 19). El 5 de mayo el actor solicitó se señale audiencia para la resolución del incidente (fs. 28), reiterando su petitorio el 22 del mismo mes y año (fs. 29), en virtud de lo cual el Juez recurrido mediante proveído de 25 de mayo señaló audiencia para el 1 de junio de 2004 (fs. 29 y vta.).