Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1198/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
II.1.
II.1. Mediante Sentencia condenatoria, confirmada por Auto de Vista de 10 de julio de 2001, Ramiro Guzmán Delgadillo -representado por el ahora recurrente- fue condenado a sufrir la pena de veinte años de presidio en el centro penitenciario de San Pablo por la comisión del delito de homicidio (fs. 18), encontrándose recluido en ese Penal desde el 29 de septiembre de 1999 hasta el 27 de mayo de 2004 (fs. 29).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- los actos que el recurrente acusa como ilegales, no conllevan una restricción, amenaza o supresión de su derecho a la libertad de locomoción, la que ya ha sido restringida por orden de Juez competente cuando libró el mandamiento de condena en su contra, en mérito a una Sentencia ejecutoriada
- III.3.
- REVOCAR