SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1200/2004-R
Fecha: 30-Jul-2004
II.4
II.4 El 9 de marzo de 2004, el técnico de la Alcaldía co-recurrido expidió el Informe 030/04 de 9 de marzo de 2004 dirigido al Alcalde Municipal señalando que “el lote objeto de la solicitud se halla ubicado en la zona de Catachilla este, sector de Altus Pampa, área rural de Santivañez”. En el punto 2 de la certificación señala: “Revisado el documento de compromiso de venta otorgado por José Antonio Pérez Guzmán, de fecha 8 de junio de 2002 a favor del solicitante, indica que la superficie a transferir se determinará en una fecha posterior no especificada”, en base a lo cual determina que “no es procedente la certificación solicitada, mientras no se subsane lo indicado en el inciso Nº 2 y se presente plano de terreno con Sup. a transferir”.