SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1237/2004-R

Fecha: 03-Ago-2004

III.2.

III.2. De otro lado, también resulta necesario establecer el marco conceptual de los derechos fundamentales invocados por los recurrentes. En ese orden, con relación al derecho al debido proceso, este Tribunal Constitucional, en su SC 1542/2003-R de 30 de octubre, ha reiterado que es: “(..) el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; asegura a las partes el conocimiento de las resoluciones pronunciadas por el órgano judicial o administrativo actuante durante el proceso a objeto de que puedan comparecer en el juicio y asumir defensa.”