Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1270/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
representante del Ministerio Público,
El representante del Ministerio Público, emite dictamen por que se declare improcedente el recurso con el argumento de que el recurrente no impugnó la convocatoria pública a concurso de méritos y examen de competencia que fue revocada por la Superintendencia del Servicio Civil para los que lo hicieron, manteniendo la validez de dicha convocatoria para los que no la impugnaron, de manera que el recurrente contra esa resolución tenía la vía del contencioso administrativo como él lo reconoce. Por los antecedentes procesales se evidencia que la autoridad recurrida no ha vulnerado los derechos que señala el recurrente en su demanda.