SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1272/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1272/2004-R

Fecha: 10-Ago-2004

a)

El Juez recurrido, presentó su informe que cursa de fs. 206 a 208 en el que alegó lo que sigue: a) la recurrente confundiendo un juicio ordinario de hecho o de puro derecho, fundamenta que no se realizó el sorteo como mandan las normas previstas por el art. 117 de la LOJ, y por ello se hubiera incurrido en la nulidad de las normas previstas por el art. 123 de la LOJ, pero olvida que en las previstas por el art. 5 de la LOJ, se establece que la norma especial será aplicada con preferencia a la Ley General; y en el caso, la norma adjetiva especial es el Código procesal del trabajo, que en sus normas previstas en los arts. 3 inc. e) y 57, establece el principio de preclusión procesal, que es de aplicación al caso, dado que la representante de la empresa demandada no hizo uso de los recursos que le franqueaba la ley para la defensa de sus intereses, por lo que no puede utilizar el recurso planteado como sustitutivo, mas aún cuando el proceso se encuentra en estado de ejecución coactiva de la sentencia; b) la Sentencia fue confirmada por Auto de Vista de 19 de marzo de 2004, que quedó ejecutoriado por el Auto de 7 de abril de 2004, no habiendo ninguno de los vocales hecho observación a la falta del sorteo; y c) el recurso planteado tiene el único fin de dilatar la ejecución coactiva de la sentencia porque en ninguna parte del proceso se solicitó nulidad por la falta de sorteo, motivo por el que debe tomarse en cuenta lo dispuesto en las normas previstas por el art. 517 del Código de procedimiento civil (CPC) aplicable por mandato de las normas previstas por el art. 252 del Código procesal del trabajo (CPT). Con estos fundamentos pide que el recurso sea declarado improcedente y sea con costas, daños y perjuicios.