Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1274/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
I.2.1.
El abogado de la recurrente, ratificó in extenso el contenido de su demanda, manifestando que los recurridos fallaron en forma ultra petita, violando el art. 236 del CPC referido a la pertinencia de la Resolución, al ingresar a analizar un proceso concluido con calidad de cosa juzgada, anulando un proceso hasta fs. 22 inclusive, sin considerar el principio de preclusión de los actos procesales.