Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1294/2004-R
Fecha: 12-Ago-2004
II.4.
II.4. El 11 de mayo de 2004, la recurrida Directora del Hospital de Clínicas, comunicó al demandado Director General del Hospital Obrero “Nº” 1, la imposibilidad de prestar el servicio de hemodiálisis al representado del actor, por problemas en una de sus máquinas con el perjuicio de varios pacientes (fs. 9). Similar explicación fue dada al actor (fs. 6).