SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1307/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1307/2004-R

Fecha: 17-Ago-2004

III.4.

III.4.  Respecto a la SC 953/2003-R, debe aclararse que la situación fáctica que resolvió la indicada Resolución es diferente a la presente; pues en ese caso, el recurrente de mutuo propio desconoció los términos del recurso planteado por su abogado negando conocer y haber autorizado al mismo para que presente demanda alguna en su representación además de que deseaba que el Hospital Viedma le siga prestando atención médica, situación que no se da en el caso presente, donde es la misma recurrente quien interpuso el presente recurso solicitando se la deje salir al haber sido dada de alta.