SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1312/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
II.7.
II.7. Emitido el mandamiento de condena el 24 de julio de 2002, fue representado por el asignado al caso el 31 de octubre del mismo año, en sentido de que se constituyó por el "3er. Anillo av. Grigotá doble vía", pero la recurrente se escondía maliciosamente en su domicilio ya que sólo salía en horas no habilitadas, fines de semana y feriados, por lo que pedía se libre uno con habilitación de días y horas, representación que presentó la querellante y solicitó dicho mandamiento señalando que se ocultaba maliciosamente en su actual domicilio, el cual indicó que se encontraba ubicado en la "Calle Tristán Roca s/n lado norte del Servicio de Lavado y Auto servicio ZARRAGA entre el Tercer Anillo Interno y el Externo a tres casas del Tercer Anillo Interno, zona sur de esta ciudad, inmediaciones de la Av. Grigotá, U.V. 51, Barrio Villa Fátima". Ante este petitorio e información, se ordenó y emitió mandamiento en diciembre de 2002, con facultad de allanamiento para ese domicilio (fs. 52 vta., 53, 54 y vta. 55).