SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1318/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
a)
El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y añade: a) se cumplieron con todos los requisitos exigidos para la nacionalización de los vehículos de sus representados, sobre los que no existe denuncia de robo como lo acredita la certificación de DIPROVE, y el requerimiento fiscal que requiere porque se prosiga con el trámite, sin embargo en este caso se está obstaculizando sin ningún argumento legal la nacionalización de dichos vehículos; b) presentados los documentos ante el Vista de Aduana, éste sin argumento jurídico manifiesta que debe hacer consulta a la ciudad de La Paz, sin considerar que cada Administración de Aduana es desconcentrada y que al cumplirse con los requisitos exigidos debe proceder a su nacionalización previo pago de los tributos respectivos; c) a pesar de que el trámite de nacionalización concluye en julio, la preocupación de sus mandantes es de que los recurridos presenten una resolución administrativa negándoles la nacionalización de sus vehículos, lo que no puede ser pues primero esta la Ley y ellos han cumplido con lo que ella dispone.