Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
i)
El Juez recurrido informó alegando lo siguiente: i) el Notario no tiene autoridad para investigar; y ii) no instruyó ni ordenó acto alguno en contra del recurrente, no está siendo investigado por delitos de narcotráfico. Con estos argumentos solicitó se declare improcedente el recurso imponiéndose pago de costas en la suma de Bs20.000.- ya que el recurrente causa enormes perjuicios a la actividad laboral.