Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
II.2.
II.2. El 22 de junio de 2004, se celebró la audiencia del recurso de hábeas corpus que fuera planteado por las personas aprehendidas, en el que el Juez ahora también recurrido expresó que no conocía que el Notario recurrente estuviera en el domicilio allanado para certificar lo que denunciaban los recurrentes, y considerando que correspondía que hiciera conocer su presencia al Fiscal y al Comandante de UMOPAR, señaló “deberá ser objeto de investigación por parte del señor Fiscal”.