SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1323/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
III.1.
III.1. A efectos de resolver la presente problemática, es preciso reiterar que para pretender la tutela a los derechos bajo protección del recurso planteado, es preciso demostrar suficientemente, con todos los medios de prueba idóneos, que la autoridad recurrida ha realizado un acto constitutivo de persecución, arresto, detención, apresamiento o procesamiento indebidos o ilegales, pues la sola denuncia sin otros elementos de juicio contundentes que hagan tomar plena certeza de dichos actos lesivos no podrá sustentar la solicitud de tutela y menos el otorgamiento de la misma.
Asimismo, cabe recordar que en la SC 419/2000-R de 2 de mayo, en cuanto a la persecución ilegal e indebida, este Tribunal estableció que debe entenderse la misma como “(…) la acción de un funcionario público o autoridad judicial que busca, persigue u hostiga a una persona sin que exista motivo legal alguno y una orden expresa de captura emitida por autoridad competente en los casos establecidos por ley, o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por Ley e incumpliendo las formalidades y requisitos establecidos por ella”.