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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2004-R

    Fecha: 23-Ago-2004

    Fragmento 13

             Por otra parte, el art. 54 del CPP establece que el Juez Cautelar tiene el control de la investigación, a cuyo efecto está facultado  para emitir las resoluciones jurisdiccionales que correspondan durante la etapa preparatoria, cuya dirección, conforme al art. 70 del CPP, corresponde al Ministerio Público. 

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades y persona  recurridas y petitorio
    • I.2.2. Informe de la autoridad y persona recurridas
    • improcedente
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • Fragmento 13
    • III.3.
    • III.4.
    • APRUEBA

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