Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1369/2004-R
Fecha: 23-Ago-2004
Fragmento 13
Por otra parte, el art. 54 del CPP establece que el Juez Cautelar tiene el control de la investigación, a cuyo efecto está facultado para emitir las resoluciones jurisdiccionales que correspondan durante la etapa preparatoria, cuya dirección, conforme al art. 70 del CPP, corresponde al Ministerio Público.