Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2004-R
Fecha: 30-Ago-2004
II.2.
II.2. El 20 de abril de 2001, el Presidente del Tribunal Disciplinario Sumariante, dictó auto inicial de la instrucción contra el actor al encontrar suficientes indicios de haber incurrido en las faltas disciplinarias previstas en el art. 4. inc. A numeral 14, inc. C numeral 1 e inc. E numeral 9 del Reglamento de Disciplinas y Sanciones de la Policía Nacional (RDSPN), siendo notificado el actor el 3 de mayo de 2001 (fs. 5), prestando su declaración al día siguiente (fs. 6).