SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1393/2004-R
Fecha: 31-Ago-2004
fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales,
La falta de fundamentación de las resoluciones, lesiona la garantía del debido proceso y vincula a todas las autoridades judiciales o administrativas y constituye una garantía de legalidad procesal que ha previsto el constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales, conforme ha señalado el Tribunal Constitucional en la SC 0119/2003-R, de 28 de enero y otras; por lo que corresponde brindar la tutela demandada.
Finalmente, con relación a la aplicación del art. 15 de la LSNSC, corresponde aclarar, que la acción penal intentada contra el recurrente y otro, se inicio en vigencia de esta ley que fue promulgada y publicada, el 4 de agosto de 2003, y por lo mismo, sus previsiones son aplicables a este y todos aquellos casos cuya fecha de inicio de investigación es posterior a la entrada en vigencia de la misma.