SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1393/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1393/2004-R

Fecha: 31-Ago-2004

improcedente

Por Resolución 35/2004, de 22 de julio, cursante de fs. 66 a 67, el Tribunal  de hábeas corpus declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) los jueces recurridos dictaron la Resolución 67/2004 con plena jurisdicción y competencia invocando el art. 250 del CPP, disponiendo la revocatoria de las medidas sustitutivas a la detención preventiva, con cuya actuación no atentaron contra la libertad del recurrente, al haberse limitado a dar estricto cumplimiento al art. “15 num. 6)” de la LSNCS que modifica el art. 234 del CPP y considerar que el riesgo de fuga no desapareció y por el hecho de que en virtud de la igualdad procesal de las partes no sería correcto que uno de los condenados esté detenido y el otro libre; 2) el Tribunal recurrido consideró que al haberse sentenciado al recurrente con la pena privativa de libertad de 30 años de prisión sin derecho a indulto concurrieron los presupuestos establecidos en el art. 15 nums. “2) y 6)” de la LSNSC.