SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1401/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1401/2004-R

Fecha: 31-Ago-2004

1)

En el escrito de fs. 69 a 72, señalan: 1) el art. 29 del Estatuto determina que la máxima autoridad del Sindicato es la asamblea de bases y que sus decisiones obligan tanto a éstas como a los dirigentes, mientras que el art. 9 determina la forma de perder la calidad de sindicalizado o asociado y en caso de que el socio desee conservar tal calidad puede acudir ante el Tribunal de Honor, cuyo fallo es definitivo, no pudiendo después acudir ante ninguna autoridad administrativa o judicial, lo cual ha sido respaldado por la Resolución 94 del XXI Congreso de de Chóferes de Bolivia que señala que el socio que interponga amparo constitucional o recurra a la justicia ordinaria será expulsado del gremio; 2) la asamblea de bases repudió la solicitud de fotocopias legalizadas a través de una autoridad judicial, sin antes haberla solicitado a la Directiva como era lo correcto en cumplimiento a las "leyes propias" del Sindicato, por lo que se le pidió se retracte, pero como persistió en su cometido la asamblea determinó su expulsión, determinándose además se le instaure proceso interno para determinar otras responsabilidades sobre posibles daños al Sindicato y no para determinar su expulsión, la cual ya estaba decidida por la asamblea; 3) habiendo el recurrente acudido a la Federación Departamental, estos carecían de competencia, pues ya habían cesado en sus funciones el 15 de marzo de 2004, lo cual hicieron conocer oportunamente, pero sin tomar en cuenta sus observaciones dictaron la Resolución 5 de mayo de 2004, de la que se enteraron recién por la carta presentada por el recurrente pidiendo su reincorporación, no habiendo sido formalmente notificados y que se encuentra redactada en papel sin membrete; 4) a objeto de plantear un recurso directo de nulidad solicitaron se les franquee la resolución del Tribunal de apelación, lo que no ha ocurrido hasta la fecha; 5) el recurrente no agotó los recursos que le franquean las disposiciones sindicales, pues pudo pedir la reconsideración de su expulsión ante la asamblea de bases.