SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1424/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1424/2004-R

Fecha: 06-Sep-2004

III.4.

III.4.   Finalmente, con el fin de evitar sucesivas interpretaciones erradas por parte del Tribunal que resolvió el recurso, cabe aclarar una vez más que las normas previstas por el art. 66 de la LTC, no son aplicables al recurso planteado, pues en éste no se analiza la constitucionalidad o no de las resoluciones judiciales impugnadas sino si éstas emergen de un procesamiento debido o no y si lesionan derechos fundamentales bajo protección de este recurso, pero no realiza ningún contraste de inconstitucionalidad como sucede en los recursos de inconstitucionalidad vía directa o incidental previstos en la Constitución y la Ley del Tribunal Constitucionalidad, de modo que no puede un Tribunal de hábeas corpus excusarse en las normas referidas para no conocer y resolver el recurso como ha sucedido en el presente caso, que se ha hecho abstracción del fundamento del recurso sin ingresar al fondo del mismo.

           Igualmente cabe señalar que la irrevisabilidad de las sentencias o su valor de cosa juzgada dependerá siempre que el proceso hubiere sido llevado con respeto a los derechos y garantías procesales mínimas reconocidos a todo imputado en un proceso penal, en este caso, los recurridos no observaron la garantía del debido proceso como el derecho a la defensa, de modo que no se puede argumentar la irrevisabilidad y coercibilidad de la sentencia dictada contra la recurrente.

Por los fundamentos expuestos, corresponde otorgar la tutela solicitada dado que los recurridos cada uno a su turno incurrieron en omisiones y actos indebidos dando lugar al apresamiento de la recurrente, con lo que vulneraron las normas previstas por el art. 9 de la CPE y con ello lesionaron sus derechos a la libertad física y a la defensa, así como también su garantía al debido proceso, que corresponden ser reparados inmediatamente hasta que se cumplan las formalidades legales previstas por Ley para proceder a la limitación del derecho a la libertad física dispuesto en la sentencia condenatoria dictada contra la recurrente.