Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1437/2004-R
Fecha: 06-Sep-2004
II.5.
II.5. El 5 de febrero de 2004, el ahora recurrente dirigiéndose al Juez recurrido presentó memorial señalado que en mérito a la prueba que acompaña -documento privado aclaratorio de 23 de enero de 2004-, se acreditaría que la suma de $US6.500.- fue efectivamente pagada a Erika Asbún Farah, por lo que pidió se tenga por cancelado el monto de la obligación por asistencia familiar (fs. 139); corrido el respectivo traslado (fs. 147), la actora rechazó los extremos expuestos, solicitando la conminatoria de ley contra el obligado (fs. 148).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- atención que debe ser cubierta de manera inmediata y oportuna, sin que pueda soslayarse el cumplimiento de esta obligación con la interposición de un incidente
- III.6.
- REVOCAR