SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1440/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1440/2004-R

Fecha: 07-Sep-2004

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

El recurrente en el escrito de 4 de junio de 2004 (fs. 35 a 41), manifiesta que el 20 de abril de 1998, junto a su esposa, garantizaron un préstamo a Benedicto Mollinedo del Banco La Paz, que al no haber sido pagado en su oportunidad, la entidad bancaria inició demanda coactiva, donde falsamente se señaló como su domicilio la calle F. Mercado 100, sin considerar que su domicilio real desde hace más de un lustro es en la zona de Totorcahua de Tiquipaya, siendo citados en un domicilio falso y puestos en indefensión, habiéndose dictado sentencia que como es lógico declaró probada la demanda, condenándoles al pago de $US16.900.- procediéndose al embargo y preparativos de remate de su inmueble, ordenando el Juez sean notificados mediante despacho instruido en el domicilio indicado.

Añade que en ejecución de sentencia recien se enteraron de la existencia del proceso, por lo que solicitó nulidad de obrados que fue rechazada basándose en un incorrecto análisis jurídico, tramitándose una apelación que fue radicada en la Sala Civil Primera donde será recién resuelta en unos meses, plazo en el cual se terminará de consumar el acto ilegal, pues tiene conocimiento de que su inmueble ya fue rematado y adjudicado a una tercera persona, quien pretende desapoderarlos, sin reparar que se trata de un solar campesino que tiene la calidad de patrimonio familiar inembargable, de modo tal que los abogados del Banco no debieron aceptar su terreno como garantía, pues la libertad contractual no puede estar por encima de la Constitución, y que ante ese cúmulo de ilegalidades se le debe brindar protección por el principio de inmediatez que debe entenderse respecto a la inmediata protección y no al inmediato reclamo.