SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1484/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1484/2004-R

Fecha: 14-Sep-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En su condición de Profesora y personal de servicio -portero- en la Unidad Educativa “Carlos Medinaceli” del Distrito Escolar de Llallagua, provincia Rafael Bustillo del departamento de Potosí, fueron sometidos a un proceso disciplinario por desvío de alimentos, que se inició con la citación a una reunión, pues no existió citación con el Auto de Apertura de Proceso administrativo, tal como lo disponen las normas previstas por el art. 24 inc. b) de la RS 212414, de 21 de abril de 1993 -Reglamento de Faltas y Sanciones Disciplinarias del Magisterio y Personal Docente y Administrativo-, violando con ello el derecho a la defensa e imposibilitándoles la presentación de prueba que demostrara su inocencia.

Señalan que el supuesto proceso disciplinario, se encontraría ejecutoriado, pues el 12 de diciembre de 2003 se emitió el memorandum 000935, dejado al recurrente el 31 de diciembre, por medio del cual cambiaron de establecimiento a la recurrente, habiéndose obrado igual con el recurrente una semana después, sin que se les hubiere notificado con resolución alguna.

Manifiestan que enterados de esta ilegal sanción “increparon” (sic.) al Director Distrital de Educación, quien les manifestó que al encontrarse ejecutoriada la Resolución del proceso disciplinario solo les quedaba acatar la misma; por lo que acudieron ante el Fiscal de la ciudad de Llallagua dos veces para conseguir fotocopias legalizadas del proceso, pero les fueron negadas, vulnerándose el derecho de petición.