Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1485/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
II.4.
II.4. Por Resolución de 6 de abril de 2004, la fiscal Sandra Nina determinó la restitución del vehículo en cuestión al país de origen, disponiendo que el interesado o compañía aseguradora o tercero titular de dominio, se apersone con la documentación pertinente, bajo conminatoria de declarar la caducidad del derecho a reclamar transcurridos 60 días desde la notificación (fs. 7). En la misma fecha requirió al Cónsul de la Argentina para que en el plazo de diez días, certifique si existe registro policial de robo del vehículo en cuestión y se identifique el nombre del propietario o compañía de seguro que haya indemnizado su pérdida (fs. 6).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- por ello, toda persona relacionada a una investigación que considere la existencia de una acción u omisión que vulnera sus derechos y garantías, debe acudir ante esa autoridad
- III.2.
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