Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1486/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
II.3.
II.3. La ejecutante a través de su apoderada en el memorial de 25 de marzo de 2004 (fs. 5) hizo constar que no existía mala fe para obtener intereses adicionales, que no existió ningún acuerdo entre las partes para la exorbitante sobrevaloración del juego de comedor y que no consintió en la tasación realizada por una persona que no conoce solicitando que el depositario Iván Nielsen Orlandini entregue los muebles embargados a la depositaria designada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en forma taxativa ha establecido los
- los otros requisitos son los de contenido, tales los numerales III, IV y VI del art. 97 de la LTC
- la omisión de los requisitos señalados en el art. 97 de la LTC
- III.2.
- La inobservancia de este requisito
- APRUEBA