Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1491/2004-R
Fecha: 17-Sep-2004
II.3.
II.3. El 22 de julio de 2004, el Juez Instructor en lo Penal Cautelar Primero, dictó proveído teniendo presente la imputación formal efectuada en contra del recurrente y otro, tomando en cuenta la aprehensión del recurrente y la solicitud de medida cautelar de carácter personal por parte del representante del Ministerio Público, señaló audiencia para la aplicación de medidas cautelares a realizarse el 22 de julio a horas 11:30 (fs. 13 del cuaderno de investigación).