SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1491/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1491/2004-R

Fecha: 17-Sep-2004

II.4.

II.4.  El 22 de julio a horas 11:45 a.m. se realizó la audiencia de medida cautelar, en la que el recurrente, mediante su abogado, expresó que en su aprehensión existió irregularidades pues no hubo flagrancia de acuerdo a las normas previstas en el art. 230 del CPP, ni orden del Fiscal ni del Juez, así como tampoco se dio a la fuga; finalizó manifestando que no concurren las condiciones de los preceptos de los arts. 233, 234 y 235 del CPP por tanto no procede la detención preventiva, por lo que pidió fianza personal.