SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2004-R
Fecha: 16-Sep-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente sin especificar los derechos que considera vulnerados, afirma que el Fondo de Inversión Productiva y Social “FPS” La Paz, procedió a cobrar multas intermedias que corresponden al 0.25% del monto total del contrato por cada día de retraso, solicitando la emisión de las respectivas facturas, lo que determinó que las planillas de obras no sean canceladas en su totalidad afectando directamente con el avance de la obra y posterior incumplimiento del contrato, además sin considerar que la determinación y el cobro de multas se encontraban cubiertas por las boletas de garantía que fueron protestadas y cobradas por la entidad pública por cuerda separada. Corresponde considerar si en la especie corresponde otorgar la tutela pretendida.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no ha precisado ni identificado claramente los derechos fundamentales que considera restringidos, suprimidos o amenazados con los hechos que reclama
- el defecto de forma descrito, determina la improcedencia del recurso e impide conocer el fondo del asunto,
- III.2.