SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1508/2004- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1508/2004- R

Fecha: 21-Sep-2004

II.5.

II.5.  El 28 de julio de 2004, Rubén Mejía Montaño, Notario de Fe Pública, a solicitud de Alberto Mercado Álvarez y Janet Machuca Mérida levantó acta de inspección en la zona de Pacay Mayu, Cantón Itapaya verificando la existencia de maquinaria destruida y la ausencia de todo movimiento (fs. 125 y vta.); en la misma fecha a solicitud de Francisco Javier Bellot Montalvo y Genaro Mirko Bellot Montalvo, el Notario se constituyó en la zona de Pirque, verificando que la maquinaria no estaba funcionando y las instalaciones de electricidad y agua se encontraban destruidas (fs. 126 y vta.). Posteriormente, el 29 de junio de 2004, a solicitud de Víctor Hugo Mercado Álvarez, el Notario se presentó en la zona de Itapaya constatando las instalaciones desmanteladas y la inexistencia de actividad (fs. 127 y vta.); en la misma fecha a solicitud de Susana Ayala de Lazarte, se constituyó en la zona de Tajra donde evidenció que no hay trabajos de maquinaria y equipos de la concesionaria, estando las cintas transportadoras quemadas y completamente destruidas (fs. 128 y vta.). Luego a solicitud de Natividad Parra de Soliz se constituyó en la zona Itapaya donde verificó que la pequeña vivienda que existía fue destruida, encontró partes de manguera quemadas y cortadas, existen zarandas, bombas de agua desmanteladas, no existe movimiento de maquinaria ni personal, finalmente indica que personas no identificadas en forma irritada les advirtieron para que abandonen el lugar inmediatamente.