SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1522/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1522/2004-R

Fecha: 28-Sep-2004

III.1.

III.1. Con carácter previo al análisis de fondo del problema planteado, resulta necesario verificar si el presente amparo cumplió con las condiciones y los requisitos de contenido. Al respecto cabe señalar que el art. 97.V de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), en cuanto a los requisitos de contenido que debe tener un recurso de amparo para su admisión, se establece que necesariamente se debe acompañar al memorial del recurso las pruebas en que el recurrente funda su pretensión; es decir, debe acompañar pruebas fehacientes que demuestren de manera efectiva que sí existió restricción a su derecho invocado de lesionado.