SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1526/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1526/2004-R

Fecha: 28-Sep-2004

III.1.

III.1. Con carácter previo al análisis del fondo de la problemática planteada en el presente recurso, corresponde determinar los alcances de la  protección que brinda el hábeas corpus respecto a la causal de procesamiento ilegal o indebido. Al respecto este Tribunal Constitucional ha establecido jurisprudencia uniforme a partir de la SC 24/2001-R, de 16 de enero y reiterada por las SSCC 100/2003-R, 127/2003-R y otras, en las que se señala que: “la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, quedando por tanto las demás bajo la tutela que brinda el art. 19 constitucional, que a diferencia del Hábeas Corpus, exige para su procedencia el agotamiento de otras vías o recursos idóneos para lograr la reparación inmediata del acto o la omisión ilegal”. (las negrillas son nuestras)